Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establece como motivos del mismo, los
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Ambrosio Antonio Sejas Grágeda mediante memorial presentado el 5 de junio de 2010 (fs. 206 a 210 vta.) planteó Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado, de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de Casación).-
Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establece como motivos del mismo, los siguientes:
I.- Defectos absolutos por actividad procesal defectuosa, comprendidos en el art. 167 y 169 núm. 3) del Código de Procedimiento Penal, porque el Tribunal de Sentencia cometió un defecto que fue convalidado por el Tribunal de Alzada referido al Acta de Registro de Juicio Oral, afectando a su derecho a la defensa y al debido proceso toda vez que hasta el día de la presentación del Recurso de Apelación Restringida no se entregó a las partes el Acta de Juicio Oral, esto teniendo en cuenta los arts. 371 y 372 del Código de Procedimiento Penal
- Auto Supremo Nº: 103/2013
- Fecha: Sucre, 18 de abril de 2013
- Distrito: Cochabamba
- Expediente: 88/10
- Partes: Ministerio Público, Lorena María Yañez Sánchez de Lozada, Liudmila Rebeca Chávez Herrera y Ruth
- Delito: Violación con Agravante
- Recurso: Casación
- Con base a la Acusación Fiscal y Particular, previa la sustanciación del juicio oral, el
- Por otro lado, lo Absuelve de Pena y Culpa del delito de Violación de Niño,
- Que, ante esta Sentencia, Ambrosio Antonio Sejas Grágeda de fs
- Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- El Acta de Juicio Oral se le hubiera entregado el 20 de enero de 2010,
- II
- Con relación al numeral 1), Ninguna de la prueba judicializada por parte de la acusación
- De toda la prueba judicializada, en ninguna, se demuestra que su persona hubiera utilizado violencia
- Con relación al numeral 4), Se refiere a la teoría del árbol del fruto envenenado,
- Numerales 5) y 6), señaló que, de la lectura de la Sentencia se desprende una
- Primero
- Segundo
- En consecuencia se hubiera establecido que el Tribunal de Sentencia no realizó valoración alguna a
- Del Precedente Contradictorio Invocado
- De la solicitud
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- a) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
- b) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
- El recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los requisitos previstos
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora hágase, conocer el presente Auto Supremo a
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