Auto Supremo AS/0106/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0106/2013

Fecha: 03-Abr-2013

CONSIDERANDO I: Que el impetrante, al amparo del artículo 421


VISTOS: El recurso de revisión extraordinaria de sentencia penal de fs. 23 a 26, presentado por Carlos Soria Ponce, emergente del fenecido proceso penal seguido en su contra por María Cárcamo viuda de Wang y otros, por la comisión de los delitos de estafa y estelionato; los antecedentes adjuntos; el informe del Magistrado Antonio Guido Campero Segovia; y
CONSIDERANDO I: Que el impetrante, al amparo del artículo 421.1 y 4 del Código de Procedimiento Penal, formula recurso señalando que a querella de María Cárcamo viuda de Wang, en supuesta representación de Gustavo Cárcamo Gonzáles, fue procesado junto a Gonzalo Valcarcel Pizarroso por la supuesta comisión de los delitos de estafa y estelionato, en un proceso con graves errores judiciales tanto en la representación de la apoderada como la identificación de la autoría de los supuestos delitos procesados, juicio que culminó con la Sentencia 68 A de 6 de octubre de 2008 con la que fue condenado a la pena de 3 años de presidio, resolución que fue confirmada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia de La Paz mediante Auto de Vista 54/2009. Presentado recurso de nulidad y casación, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, pronunció el Auto Supremo 127 de 1 de marzo de 2011, declarando infundado el recurso