Auto Supremo AS/0149/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0149/2013

Fecha: 08-Abr-2013

Del recurso de casación en el fondo

Del recurso de casación en el fondo:
1.- Sobre la violación del art. 150 y 151 del Código de Procedimiento Civil, señalando que el A quo previo a remitir y disponer el expediente y derivar en grado de apelación debió resolver el incidente de nulidad de obrados formulado por Lidia Guadalupe Pastrana y que sin embargo de ello se dictó Sentencia sin considerar la norma antes citadas y que producto de dicha omisión se causó indefensión a su poderdante; señalar que de la revisión de obrados se tiene no ser evidente la acusación realizada por la recurrente, toda vez de fs. 475 a 477 cursa memorial por el que Blanca Elena Barba de Quiroga en representación de Lidia Guadalupe Pastrana Rojas apersonándose, presenta incidente de nulidad de obrados, mismo que es resuelto por Auto de 23 de diciembre 2011 cursante de fs. 486 a 487 vlta. Por otra parte aclarar que dicho incidente se resolvió posterior a la emisión de la Sentencia de 7 de julio 2011 y no como afirma la representante de la co demanda que no se hubiera resuelto dicho incidente antes de dictar la Sentencia. Por lo que al tener constancia de haberse resuelto el incidente que acusa de no resuelto, no se evidencia vulneración o violación alguna a las dos normas acusadas