Si bien el Código del Niño, Niña y Adolescente, en algunas de sus normas contiene
Si bien el Código del Niño, Niña y Adolescente, en algunas de sus normas contiene expresiones poco favorables como el de "delitos" cometidos por adolescentes, empero, ello no significa que habilite el procesamiento penal de los adolescentes comprendidos entre doce hasta dieciséis años, por el contrario, en materia de infracciones, la concepción que tiene el citado Código está orientada a que, en virtud al principio de intervención mínima y de interés superior del niño, se trate el tema de los menores inimputables, que necesiten ayuda desde edades tempranas, pero fuera del sistema penal, entrando más bien dicho tratamiento en la esfera de un proceso socioeducativo especial comprendido dentro del derecho de la Niñez y Adolescencia
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Pedro Choque Espinoza padre de la victima apeló la Sentencia indicada por dicho motivo el
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Continuó indicando que el Auto de Vista al igual que la Sentencia no realizan una
- Sobre su tercer punto de su apelación indicó que ante la intervención de dos menores,
- En su petitorio solicito que se dicte la doctrina legal aplicable de acuerdo al art
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Dada la condición de inimputabilidad de un adolescente comprendido entre los doce a dieciséis años,
- Si bien el Código del Niño, Niña y Adolescente, en algunas de sus normas contiene
- En ese marco procesal en materia Civil el recurso de casación debe cumplir con ciertos
- En la litis, el recurrente presentó recurso de casación basando su impugnación en consideraciones de
- Por todo lo referido el recurso de casación interpuesto por el recurrente se enmarca en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
