Auto Supremo AS/0205/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2013

Fecha: 11-Abr-2013

Bajo el razonamiento que precede, la entidad recurrente no ha demostrado que hubiera error de


Bajo el razonamiento que precede, la entidad recurrente no ha demostrado que hubiera error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba, aludiendo simplemente que no se hizo una compulsa de la prueba testifical de descargo, argumentaciones que no pueden ser consideradas por este Tribunal, debido a que la recurrente no acreditó la existencia de error de hecho o de derecho respecto de la apreciación de esas probanzas, en que hubieren incurrido los de instancia