Respecto a la transgresión y no aplicación de los artículos 158, 166, 167, 199 y
Respecto a la transgresión y no aplicación de los artículos 158, 166, 167, 199 y 200 del Código Procesal del Trabajo que se acusa, cabe advertir que la misma resulta inverosímil, toda vez que el Tribunal Ad quem interpretando adecuadamente los artículos citados, valoró con acierto la confesión provocada del demandado (fojas 22) y todas las pruebas aportadas al proceso conforme al artículo 158 del Código Procesal del Trabajo, el cual previene que el juzgador no está sujeto a la tarifa legal de la prueba y por lo tanto puede formar libremente su convencimiento, claro está, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo las circunstancia relevantes del pleito y la conducta procesal observada por las partes
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 396/2008 de 29 de diciembre de
- Que, el referido Auto de Vista motivó el recurso de casación que a continuación se
- Agrega que por la prueba de la confesión provocada fojas 22 se puede apreciar que
- De igual manera el artículo 3 inciso j) del Código Procesal del Trabajo, determina que
- Respecto a la transgresión y no aplicación de los artículos 158, 166, 167, 199 y
- Que, en el marco legal descrito, el Auto de Vista recurrido, no incurrió en transgresión,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- Ante mí: Abog. Soraya Ortega Aparicio. Secretaria de Sala Social y Administrativa Liquidadora
