Auto Supremo AS/0118/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2013-RA

Fecha: 07-May-2013

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el

Finalmente, en el "otrosí 1" del memorial de casación, el recurrente hace referencia, además, a los Autos Supremos 604 de 2 de diciembre de 2003, 231 de 4 de julio de 2006 y 421 de 10 de octubre de 2006, sin señalar la contradicción concreta con la Resolución impugnada, y menos se hace labor alguna de contraste de hechos similares entre el Auto de Vista impugnado con las citados Resoluciones, respecto a las cuales este Tribunal no desarrollará el análisis de contraste que la ley le asigna en la resolución del presente recurso de casación.
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación cursante de fs. 229 a 235, formulado por Sonia Francisca Medina Téllez, únicamente en relación al segundo y tercer motivo, identificados en el acápite II. inc. 2) de la presente Resolución; asimismo, en cumplimiento del segundo párrafo del citado artículo, por Secretaría de Sala hágase conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo