Que en el caso de Autos, el recurrente, en el planteamiento del Recurso de Casación
Que, con relación a los demás requisitos exigidos, es menester señalar que uno de los fines principales del Recurso de Casación, es el de buscar la uniformidad en la emisión de fallos judiciales por parte de los administradores de justicia a fin de evitar que ante la presentación de hechos similares se aplique normas legales con diverso alcance, por lo que, es primordial la invocación de precedentes contradictorios por parte de los recurrentes para proceder a la contrastaciones de esta con el Auto de Vista que se pretende se revea.
Que en el caso de Autos, el recurrente, en el planteamiento del Recurso de Casación cumplió con los requisitos dispuestos en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, tanto en el plazo de presentación como se señaló supra, como en la invocación de precedentes contradictorios, realizando la puntualización sobre las contradicciones del Auto de Vista con los precedentes contradictorios, respecto a la consideración, resolución de todos los puntos apelados y la falta de motivación en que ha incurrido el Tribunal de Alzada, constituyendo presupuestos de carácter formal para su admisión, con la finalidad de determinar lo que fuese en derecho, cuando sea analizado el fondo del recurso, por lo que corresponde la admisión de conformidad a lo establecido en el art. 418 del Código de Procedimiento Penal
- Auto SupremoNº:140/2013
- Fecha: Sucre, 08 de mayo de 2013
- Distrito:Santa Cruz
- Expediente:5/2009
- Partes:Ministerio Público y Víctor Hugo Córdoba Pérez contra Julio Parada Becerra
- Delito: Robo Agravado
- Recurso:Casación
- CONSIDERANDO I: Que,con base en la Acusación Fiscal de fs
- Que, contra la referida Sentencia, el acusado Julio Parada Becerra, formuló Recurso de Apelación Restringida
- CONSIDERANDO II:Que, Víctor Hugo Córdova Pérez mediante memorial de fs
- Denuncia también que el Tribunal de Alzada incurrió en vulneración de derechos fundamentales como el
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nº 455 de 14 de noviembre de 2005,
- Concluye solicitando, que este Alto Tribunal de Justicia declare admisible el recurso y previa las
- CONSIDERANDO III: Del derecho que tienen las partes a impugnar las Resoluciones judiciales cuando éstas
- Que, el derecho a recurrir las Resoluciones judiciales, deviene de un componente esencial que es
- En nuestra legislación el derecho a recurrir o impugnar, se encuentra tutelado por el Art
- Finalmente ycon mayor claridad el art
- El plazo para interponer el Recurso de Casación, es de 5 días siguientes a la
- Es de entender, que el cumplimiento de estos dos requisitos -de admisibilidad-son de carácter obligatorio
- Que, en cuanto al plazo para la interposición del Recurso de Casación, de obrados se
- Que en el caso de Autos, el recurrente, en el planteamiento del Recurso de Casación
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de Sala Penal Liquidadora hágase conocer el presente Auto Supremo a las
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