En consecuencia, siendo necesaria la interpretación de las normas señaladas, contenidas en la Decisión 486
En consecuencia, siendo necesaria la interpretación de las normas señaladas, contenidas en la Decisión 486 “Régimen Común sobre Propiedad Industrial”, a fin de realizar el respectivo control de legalidad en la presente causa, corresponde cumplir lo establecido por el art. 32 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia Andina y el art. 123 de la Decisión 500, observándose las formalidades señaladas en el art. 125 de la citada Decisión 500
- PROCESO: Contencioso Administrativo
- PARTES:Interpuesto por la Fábrica de Mermeladas y Caramelos Watt´s Casal Ltda
- FECHA: Sucre, ocho de mayo de dos mil trece
- CONSIDERANDO: Que de la revisión del proceso se evidencia que la empresa demandante pretende se
- CONSIDERANDO III: Que teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo, que reviste
- CONSIDERANDO: Que el art
- A su vez, el art
- En consecuencia, siendo necesaria la interpretación de las normas señaladas, contenidas en la Decisión 486
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional DISPONE
- 2)Por el SENAPI se solicite dentro del presente caso la interpretación prejudicial de los artículos
- Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad
- No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Durán por encontrarse declarada en comisión
- Secretario de Sala Plena
