Por memorial presentado el 14 de mayo de 2013, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO 146/2013-RA
Sucre, 31 de mayo de 2013
Expediente : Cochabamba 25/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Gonzalo Angulo Díaz
Parte imputada : Jilma Marlene Soliz Camacho y otro
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de mayo de 2013, cursante de fs. 684 a 687, Gonzalo Angulo Díaz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 25 de 22 de octubre de 2012, de fs. 670 a 680 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente, contra Jilma Marlene Soliz Camacho y Abel Tórrez Escobar, por el delito de Estafa, previsto y sancionado en el art. 335 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO 146/2013-RA
Sucre, 31 de mayo de 2013
Expediente : Cochabamba 25/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y Gonzalo Angulo Díaz
Parte imputada : Jilma Marlene Soliz Camacho y otro
Delito : Estafa
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de mayo de 2013, cursante de fs. 684 a 687, Gonzalo Angulo Díaz, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 25 de 22 de octubre de 2012, de fs. 670 a 680 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente, contra Jilma Marlene Soliz Camacho y Abel Tórrez Escobar, por el delito de Estafa, previsto y sancionado en el art. 335 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 14 de mayo de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece
- Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 7 de mayo de 2013
- Del memorial que cursa de fs
- Como tercer motivo, indica que no era necesaria la anulación de la Sentencia y la
- El art
- pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por el Código
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el primer requisito
- En cuanto al primer motivo, alegando que la Sentencia anulada contuviera claros y precisos fundamentos
- En el segundo motivo, si bien el recurrente manifiesta un presunto agravio de la Resolución
- Respecto al tercer motivo del recurso, el recurrente incide en la actuación del Tribunal de
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
