Estando precisado en el acápite que antecede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE ADMISIÓN
Estando precisado en el acápite que antecede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse; en autos corresponde realizar el análisis pertinente, para verificar si en la interposición del recurso de casación se ha cumplido con los presupuestos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP; en esa labor, analizando el cumplimiento del requisito formal del plazo, se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista el 15 de febrero de 2013 (fs. 223) y presentó el recurso el 22 de febrero, tal cual consta en el cargo de recepción cursante a fs. 242 vta.; es decir, dentro del plazo de los cinco días que le otorga la ley
- El recurso de casación interpuesto por José Luís Quisbert Montecinos, cursante de fs
- Del examen del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- una misma norma con diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen
- El precepto legal contenido en el citado art
- Estando precisado en el acápite que antecede, los requisitos de admisibilidad que necesariamente deben cumplirse;
- Es decir, el recurrente omite precisar el hecho similar y las normas que se
- no constituyen precedentes contradictorios, conforme esta Sala ha precisado de manera reiterada y uniforme
- Las omisiones y defectos que se advirtieron, evitan que este Tribunal Supremo pueda ingresar a
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
