Auto Supremo AS/0153/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0153/2013

Fecha: 14-May-2013

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,


VISTOS: (Del recurso en cuestión).-

El Recurso de Casación planteado por Eusebio Quispe Rojas de fs. 140 a 143 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 36/2009 de 20 de julio, cursante de fs.128 a 132, de obrados pronunciado por la Sala Penal del Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis., con la agravante del 310 núm. 3) y 4) del Código Penal, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales).-

Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos, se tiene los siguientes antecedentes:

Con base a la Acusación Fiscal de fs. 8 y 9 y la adhesión de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de fs. 15 de obrados, previa la sustanciación del juicio oral el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Tarija, mediante Sentencia N° 06 de 11 de marzo de 2009de fs. 95 a 100, declaró a Eusebio Quispe Rojas, autor y culpable del delito de Violación Agravada a Niña Adolescente(Sic...), previsto y sancionado por el art. 308 Bis., con relación al art. 310 núm. 3) y 4) del Código Penal, condenándolo a cumplir la pena privativa de libertad de 25 años de presidio sin derecho a indulto en el Penal de Morros Blancos de la ciudad de Tarija, con costas a favor del Estado y el pago del resarcimiento civil emergente del delito a ser averiguable en Ejecución de Sentencia.

Que, ante esta Sentencia Eusebio Quispe Rojas, planteó Recurso de Apelación Restringida de fs. 114 a 116, mismo que previo cumplimiento del procedimiento establecido por los arts. 407 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, el 20 de julio de 2009 la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija de fs.128 a 132, dictó Auto de Vista declarando Sin Lugar el Recurso de Apelación Restringida interpuesto por el recurrente confirmando totalmente la Sentencia impugnada