Respecto a la violación y mala aplicación de los artículos 52 del Código de Seguridad
Respecto a la violación y mala aplicación de los artículos 52 del Código de Seguridad Social, 97 del Código de Familia 32 y 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición, observó que no se habría valorado las pruebas que cursan a fs. 44-48 documentos que respaldan el abandono en la que hubiera incurrido la señora Sabina Mamani, que le haría perder el derecho a la Renta de Viudedad, conforme a los artículos enunciados. Al respecto cabe señalar que la Constitución Política del Estado en su artículo 45 establece: “I. Todas las bolivianas y los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social. II. La seguridad social se presta bajo los principios de universalidad, integralidad, equidad, solidaridad, unidad de gestión, economía, oportunidad, interculturalidad, y eficacia. Su dirección y administración corresponden al Estado, con control y participación social….. IV) El Estado Garantiza el derecho a la jubilación, con carácter universal, solidario y equitativo”; la misma Carta Magna en su artículo 67 establece: “I. Además de los derechos reconocidos en esta Constitución, todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana. II. El Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo a ley”; el mismo cuerpo legal en su artículo 180 establece: “I. La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de..... verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez”; en esa misma línea la Ley del Órgano Judicial en su artículo 30 establece los Principios: “11. VERDAD MATERIAL. Obliga a las autoridades a fundamentar sus resoluciones con la prueba relativa solo a los hechos y circunstancias, tal como ocurrieron, en estricto cumplimiento de las garantías procesales”, el Código de Seguridad Social en su artículo 52 establece: (…..No tendrán derecho a la renta de viudedad la divorciada por sentencia ejecutoriada antes de la fecha del fallecimiento del causante, y la esposa que hubiese estado separada dos o más años por su culpa”. (el interlineado es nuestro), finalmente el MANUAL DE PRESTACIONES DE RENTAS EN CURSO DE PAGO Y ADQUISICIONES DE LA UNIDAD DE RECAUDACIÓN en su artículo 34 establece: “No tendrán derecho a la renta de viudedad….. la esposa que hubiese estado separada en forma libremente consentida y continuada por más de dos años…..”
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación planteada por la asegurada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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- Concluyó pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista 142/2012 de
- Que si bien el recurso de casación interpuesto señala que el mismo es presentado tanto
- Respecto al error de hecho y derecho en la apreciación de las pruebas
- Respecto a la violación y mala aplicación de los artículos 52 del Código de Seguridad
- Subsumiendo al caso de autos estas normas y revisado el expediente minuciosamente, de las literales
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 (Ley SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
