Subsumiendo al caso de autos estas normas y revisado el expediente minuciosamente, de las literales
Subsumiendo al caso de autos estas normas y revisado el expediente minuciosamente, de las literales cursantes a fs. 46-48, se encuentran certificaciones de la comunidad de Choquetanga, las cuales certifican que la señora Sabina Mamani abandonó su hogar y a su esposo, desde el 10 de agosto del año 2007; considerando que el señor Valentín Alave Tangara fallece el 10 de mayo de 2009 conforme lo establece el Certificado de defunción cursante a fs. 7, se establece que solo transcurrieron 21 meses, no así los 2 años o más, establecidos como mínimo por la normativa señalada anteriormente; en consecuencia se verifica la mala fe o negligencia de la Lic. Margarita Chavarría López, a tiempo de elaborar y elevar el informe 0201/010, con el cual recomienda la suspensión definitiva de la renta de viudedad; en consecuencia se determina que el ad quem, al revocar las resoluciones de la Comisión de Reclamación 00148/12 y la Resolución de Calificación de Rentas 0005140, ha aplicado correctamente las normas, por lo que no resultan evidentes las infracciones al respecto acusadas en el recurso
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación planteada por la asegurada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
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- Concluyó pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista 142/2012 de
- Que si bien el recurso de casación interpuesto señala que el mismo es presentado tanto
- Respecto al error de hecho y derecho en la apreciación de las pruebas
- Respecto a la violación y mala aplicación de los artículos 52 del Código de Seguridad
- Subsumiendo al caso de autos estas normas y revisado el expediente minuciosamente, de las literales
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Sin costas en aplicación de los artículos 39 de la Ley Nº 1178 (Ley SAFCO)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
