En ese sentido también, se tiene de lo
En ese sentido también, se tiene de lo anotado por el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 26069 de 9 de febrero de 2001, reglamentario del artículo 63 de la Ley Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996 “de Pensiones”, que prescribe la Compensación de Cotizaciones, complementada por el artículo 5. 2) de la Resolución Ministerial Nº 436 de 12 de junio de 2002 y artículo 18 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004; vale decir que, se utilizan los mismos procedimientos del Sistema de Reparto, tanto para la Certificación de Aportes en la Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual como para el Sistema de Reparto, conforme refiere la parte considerativa de la Resolución Ministerial Nº 550 de 28 de septiembre de 2005, cuando en su tercer párrafo señala: “Que la Resolución Ministerial Nº 436 de 12 de junio de 2002, en su artículo 5. 2), determina que para la certificación de aportes en la Compensación de Cotizaciones por Procedimiento Manual, se utilizarán los mismos procedimientos del Sistema de Reparto”, normativa reglamentaria emitida por el Ministerio de Hacienda a fin de efectivizar el derecho a la jubilación como parte integrante del derecho a la Seguridad Social, instituido por la normativa supra citada
- Dicha Resolución motivó que el representante legal de SENASIR, formule recurso de casación en el
- Finalmente solicitó que se conceda el recurso de
- Que, en relación al artículo 14 del Decreto
- En ese sentido también, se tiene de lo
- En relación al derecho a la seguridad social
- Por ello, debe buscarse la justicia material en
- Por todo lo relacionado, siendo que el Tribunal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
