Que, en relación al artículo 14 del Decreto
CONSIDERANDO II: Que, así formulado el recurso de casación en el fondo, en relación al punto denunciado en el mismo, de la revisión de antecedentes que cursan en el cuaderno procesal, se tiene:
Que, en relación al artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, cuya aplicabilidad en los trámites de Compensación de Cotizaciones se encuentra cuestionada por la institución recurrente; cabe señalar que, en función al derecho constitucional a la jubilación como parte integrante del derecho a la Seguridad Social cuyo alcance será desarrollado más adelante, éste Tribunal estableció en resoluciones anteriores, una línea jurisprudencial sobre la problemática traída en casación y motivo hoy de examen, como los Autos Supremos Nº 602 de 14/06/2007, de la Sala Social y Administrativa II; Nº 22/2009, correspondiente a la Sala Social II; y Nº 85 de 11 de abril de 2011; en el entendido que el Ministerio de Hacienda, hoy Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en ejercicio de la tuición que tiene sobre el Servicio Nacional del Sistema de Reparto, en uso de sus atribuciones, revisando las planillas del SENASIR, verificó que muchos asegurados no se encontraban consignados en las mismas; sin embargo, contaban con documentación que acredita que han prestado servicios en empresas e instituciones sujetas a la Seguridad Social de largo plazo; por ello, en beneficio de los asegurados del Sistema de Reparto, emitió la Resolución Ministerial Nº 559 de 3 de octubre de 2005, complementando y ampliando los alcances del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543, sin imponer limitaciones sobre alguna de sus determinaciones. Asimismo, la Resolución Ministerial aludida, y que es posterior a la Resolución Ministerial Nº 550 de 28-09-05, en la parte in fine de su único artículo, establece de manera concreta, que se debe dar cumplimiento a las condiciones y procedimientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 27543; por consiguiente, se estableció que el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, no sólo es aplicable a los trámites realizados en el Sistema de Reparto, sino también a los que corresponden a la Compensación de Cotizaciones
Que, en relación al artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, cuya aplicabilidad en los trámites de Compensación de Cotizaciones se encuentra cuestionada por la institución recurrente; cabe señalar que, en función al derecho constitucional a la jubilación como parte integrante del derecho a la Seguridad Social cuyo alcance será desarrollado más adelante, éste Tribunal estableció en resoluciones anteriores, una línea jurisprudencial sobre la problemática traída en casación y motivo hoy de examen, como los Autos Supremos Nº 602 de 14/06/2007, de la Sala Social y Administrativa II; Nº 22/2009, correspondiente a la Sala Social II; y Nº 85 de 11 de abril de 2011; en el entendido que el Ministerio de Hacienda, hoy Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en ejercicio de la tuición que tiene sobre el Servicio Nacional del Sistema de Reparto, en uso de sus atribuciones, revisando las planillas del SENASIR, verificó que muchos asegurados no se encontraban consignados en las mismas; sin embargo, contaban con documentación que acredita que han prestado servicios en empresas e instituciones sujetas a la Seguridad Social de largo plazo; por ello, en beneficio de los asegurados del Sistema de Reparto, emitió la Resolución Ministerial Nº 559 de 3 de octubre de 2005, complementando y ampliando los alcances del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543, sin imponer limitaciones sobre alguna de sus determinaciones. Asimismo, la Resolución Ministerial aludida, y que es posterior a la Resolución Ministerial Nº 550 de 28-09-05, en la parte in fine de su único artículo, establece de manera concreta, que se debe dar cumplimiento a las condiciones y procedimientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 27543; por consiguiente, se estableció que el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, no sólo es aplicable a los trámites realizados en el Sistema de Reparto, sino también a los que corresponden a la Compensación de Cotizaciones
- Dicha Resolución motivó que el representante legal de SENASIR, formule recurso de casación en el
- Finalmente solicitó que se conceda el recurso de
- Que, en relación al artículo 14 del Decreto
- En ese sentido también, se tiene de lo
- En relación al derecho a la seguridad social
- Por ello, debe buscarse la justicia material en
- Por todo lo relacionado, siendo que el Tribunal
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
