Con relación al requisito de fondo, los recurrentes esencialmente denuncian que el Tribunal de alzada
Con relación al requisito de fondo, los recurrentes esencialmente denuncian que el Tribunal de alzada no solo debió anular la Sentencia sino declararlos absueltos por el delito de Estelionato, ya que en su planteamiento, aquella Resolución no cumple con los elementos necesarios para considerarla como fundamentada; en ese sentido, argumentan con precisión que la decisión emitida en el Auto de Vista impugnado, resulta contradictoria al Auto Supremo 183 de 6 de febrero de 2007, que de acuerdo a los antecedentes fue invocado en la apelación restringida, del que se establecería que, la Sentencia debe estar fundamentada, consignando todos los hechos debatidos en juicio, analizando todas las pruebas de cargo y descargo; además, de que la fundamentación debe ser clara y sin contradicción entre la parte considerativa y resolutiva. Consiguientemente, al darse cumplimiento con los requisitos exigidos en los arts. 416 y 417 del CPP, el recurso sujeto al presente examen de admisibilidad deviene en admisible
- Por memorial presentado el 14 de marzo de 2013, cursante a fs
- Del memorial que cursa a fs
- A tiempo de aclarar que su recurso de apelación restringida fue formulada contra la parte
- Finalmente, solicitan se anule el Auto de Vista impugnado, debiendo dictarse uno nuevo conforme la
- El art
- principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la
- c) Como única prueba admisible se acompañará copia
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que los recurrentes cumplieron con el primer requisito
- Con relación al requisito de fondo, los recurrentes esencialmente denuncian que el Tribunal de alzada
- Se deja constancia con relación a los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
