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Se deja constancia con relación a los Autos Supremos 724 de 26 de noviembre de 2004 y 394 de 28 de agosto de 2006, que los recurrentes se limitan a citarlos, sin señalar con precisión cuál el hecho similar y el sentido jurídico contradictorio con el Auto de Vista impugnado; motivo por el cual, la labor de contraste en la resolución de fondo, no abarcará dichas Resoluciones
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- El art
- principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la
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- El precepto legal contenido en el citado art
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- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
