Concluyo el memorial, solicitando que se admita el recurso conforme a los artículos 257, concordante
Más adelante refiere que, la Resolución de Vista considera que el indicado preaviso quedó sin efecto por la existencia de un nuevo contrato por correo electrónico por lo que el actor continuó desempeñando sus funciones, dejando voluntariamente el 16 de septiembre de 2008, aspectos por los cuales se considera que su conducta se adecua a la prescripción contenida en el artículo 16 inciso f) de la Ley General del Trabajo.
Concluyo el memorial, solicitando que se admita el recurso conforme a los artículos 257, concordante con el artículo 252 del Código Procesal del Trabajo, hasta que el Tribunal Superior dicte el Auto Supremo que corresponda de acuerdo a los datos del proceso
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad
- En grado de apelación a instancias de la empresa demandada (fojas 47 a 48), por
- Que, el referido Auto de Vista motivó el recurso de casación en el fondo (fojas
- Concluyo el memorial, solicitando que se admita el recurso conforme a los artículos 257, concordante
- En virtud de lo precedentemente relacionado, se establece que el memorial presentado en el recurso
- En referencia a lo señalado, la constante y amplia jurisprudencia sentada por la Corte Suprema
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora del Supremo Tribunal de Justicia, con la
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfin Humberto Betancourt Chinchilla
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
