Auto Supremo AS/0356/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2013

Fecha: 19-Ago-2013

CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 5 de la ciudad de La Paz

Delito: Estafa y Estelionato (arts. 335 y 337del Código Penal)
Recurso: Casación
____________________________________________________________________
VISTOS: Los autos correspondientes al recurso de casación interpuesto por los querellantes Alberto Guiteras Denis y Janethe Navajas de Guiteras, impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 29 de 20 de febrero de 2009 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido contra Hortensia Romero de Valloto y Gustavo Erasmo Romero Cavero por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal; los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia Nº 5 de la ciudad de La Paz pronunció la resolución de grado contenida en la sentencia Nº 03 de 18 de enero de 2008 cursante de fs. 179 a 186, declarando a los procesados Hortensia Romero de Valloto y Gustavo Erasmo Romero Cavero autores de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del Código Penal, siéndoles impuesta la pena privativa de libertad de seis (6) años de reclusión por la concurrencia de concurso ideal de delitos (art. 44 del Código Penal) a ser cumplida en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes, a la primera, y en la Penitenciaria de “San Pedro” de la ciudad de La Paz al segundo, más multa de 500 días a razón de Bs. 2.- por día a cada uno de los procesados, costas, daños y perjuicios a ser calificados en ejecución de sentencia