Auto Supremo AS/0356/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2013

Fecha: 19-Ago-2013

CONSIDERANDO III: Que, conforme la determinación contenida en el Auto de Vista impugnado, se tiene

Que, en virtud de los motivos expuestos, los querellantes solicitaron a este tribunal de casación la anulación del auto de vista recurrido y del auto complementario, a objeto de disponerse la ejecutoria de la sentencia condenatoria pronunciada por el tribunal de la causa.
Que, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de admisión del recurso de casación, este Tribunal pronunció el Auto Supremo Nº 341 de 7 de agosto de 2013 declarando admisible el recurso de casación interpuesto por los querellantes, correspondiendo en consecuencia establecer la existencia o no de las contradicciones postuladas por los recurrentes a objeto de establecer si la decisión contenida en el auto de vista impugnado contradice la jurisprudencia emitida en casos semejantes conforme así previene el art. 419 del Código de Procedimiento Penal.
CONSIDERANDO III: Que, conforme la determinación contenida en el Auto de Vista impugnado, se tiene que el Tribunal de alzada, al momento de resolver el Recurso de Apelación Restringida, procedió a ingresar a la revisión de los antecedentes procesales concluyendo que el Tribunal de juicio habría incurrido en la suspensión de la audiencia de juicio oral en varias oportunidades en vulneración de los arts. 335 y 336 del Código de Procedimiento Penal, vulnerado el principio de continuidad razón por la que el tribunal de alzada se “inhibió” de ingresar al análisis del recurso de apelación interpuesto por Gustavo Erasmo Romero Cavero, sin tomar en cuenta el recurso de apelación interpuesto por la procesada Hortensia Romero de Vallaton por haber sido interpuesto fuera de término