Auto Supremo AS/0360/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2013

Fecha: 19-Ago-2013

En aplicación del art

En aplicación del art. 368 del Código de Procedimiento Penal, se le concedió al acusado el perdón judicial, ya que la pena impuesta no excedió de los dos años y porque no cuenta con Sentencia condenatoria ejecutoriada anterior