II
II.- Se refiere al punto 5 del considerando tercero del Auto de Vista para manifestar que, en este punto del Auto de Vista se señaló que no presentó su precedente contradictorio, sin que sea un requisito previsto en el arts. 416 del Código de Procedimiento Penal ya que solo se tiene que invocar los precedentes contradictorios y no se los debe presentar, así lo dispone el artículo referido, lesionándole su derecho a seguridad jurídica
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- En aplicación del art
- Que, ante esta Sentencia, Gonzalo Mario Chambi Paredes de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- El Auto de Vista en su punto 1 de su considerando tercero no entendió la
- II
- Se omitió ingresar a verificar los temas de fondo planteados, por lo que se le
- Del Precedente Contradictorio Invocado
- De la solicitud
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Conforme lo previsto por el art
- De lo previsto en el parágrafo segundo del art
- Con relación a los puntos cuestionados del Auto de Vista, si pretendió plantearlo por la
- Por lo señalado anteriormente, el Recurso de Casación resulta inadmisible, toda vez que el recurrente,
- POR TANTO
