Auto Supremo AS/0360/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2013

Fecha: 19-Ago-2013

II

II.- Se refiere al punto 5 del considerando tercero del Auto de Vista para manifestar que, en este punto del Auto de Vista se señaló que no presentó su precedente contradictorio, sin que sea un requisito previsto en el arts. 416 del Código de Procedimiento Penal ya que solo se tiene que invocar los precedentes contradictorios y no se los debe presentar, así lo dispone el artículo referido, lesionándole su derecho a seguridad jurídica