Al respecto precisó que dicha posibilidad puede concretarse mediante el planteamiento de incidentes de nulidad
Al respecto precisó que dicha posibilidad puede concretarse mediante el planteamiento de incidentes de nulidad así la SC 0151/2006-R de 6 de febrero de 2006, sostuvo que: “En ese estado, es necesario dejar establecido que es perfectamente posible el planteamiento del incidente de nulidad en ejecución de Sentencia buscando la reparación de un proceso ilegal por vulneración de derechos y garantías, y de ningún modo ello puede ser considerado como una situación en la que el Juez esté revisando su propia actuación pues como lo reconoce la doctrina los actos procesales desarrollados en vulneración de derechos y garantías se reputan como inexistentes…” posición ratificada en la SC 0133/2010-R de fecha 17 de mayo de 2010 entre otras
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