Auto Supremo AS/0453/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0453/2013

Fecha: 05-Ago-2013

Consiguientemente, al advertirse que se incumplieron normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde

Consiguientemente, al advertirse que se incumplieron normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde dar aplicación a lo establecido por los artículos 252, 271. 3 y 275 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso presente, en sujeción a lo determinado en el artículo 15 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición y el artículo 633 del Reglamento al Código de Seguridad Social