Auto Supremo AS/0228/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2013-RA

Fecha: 10-Sep-2013

Por otra parte, se evidencia que el recurrente incumplió los demás requisitos para la admisión



Por otra parte, se evidencia que el recurrente incumplió los demás requisitos para la admisión del recurso de casación interpuesto, pues se limitó a efectuar transcripciones textuales de las normas previstas en los arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, sin realizar un mínimo planteamiento de cuál, más allá de su inconformidad con la resolución que impugna, fuera el o los motivos que le causaren agravio y que habiliten la procedencia del recurso de casación. Esta falencia se ve acentuada en la afirmación de que el precedente contradictorio, exigido en casación, ya fue presentado en apelación restringida, aspecto que si bien es señalado como requisito por el tercer párrafo del art. 416 del CPP, empero no constituye eximente que al momento de recurrir en casación, deba ser debidamente invocado y fundamentado; pues necesariamente debe cumplirse con la carga procesal de establecer la situación de hecho similar entre el o los precedentes que se invoca y la resolución que se impugna, esto quiere decir: señalar una situación procesal análoga, o bien un escenario de derecho sustantivo similar entre ambas