CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia de Valle Grande del Distrito Judicial de Santa
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº: 428/2013
Fecha: Sucre, 18 de septiembre de 2013
Distrito: Santa Cruz
Expediente: 90/10
Partes: Ministerio Público contra Ignacio Simón Rivera Pérez
Delitos: violación de niño, niña o adolescente con agravante (arts. 308 bis y 310 num. 2 y 4 del Código Penal)
Recurso: Casación
____________________________________________________________________
VISTOS: Los Autos correspondientes al recurso de casación cursante de fs. 537 a 539 vlta., interpuesto por el procesado Ignacio Simón Rivera Pérez, impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 14 de 01 de marzo de 2010 cursante de fs. 527 a 530, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente con agravantes (arts. 308 bis y 310 num. 2 y 4 del Código Penal); los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia de Valle Grande del Distrito Judicial de Santa Cruz pronunció la resolución de grado contenida en la sentencia Nº 6 de 28 de noviembre de 2009 cursante de fs. 454 a 457, declarando al procesado Ignacio Simón Rivera Pérez autor y culpable de la comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente con agravantes (arts. 308 bis y 310 num. 2 y 4 del Código Penal), siéndole impuesta la pena privativa de libertad de veintidós (22) años y seis (6) meses de presidio sin derecho a indulto en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel de Palmasola), más el pago de costas a favor del Estado y reparación del daño civil a favor de la víctima
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo Nº: 428/2013
Fecha: Sucre, 18 de septiembre de 2013
Distrito: Santa Cruz
Expediente: 90/10
Partes: Ministerio Público contra Ignacio Simón Rivera Pérez
Delitos: violación de niño, niña o adolescente con agravante (arts. 308 bis y 310 num. 2 y 4 del Código Penal)
Recurso: Casación
____________________________________________________________________
VISTOS: Los Autos correspondientes al recurso de casación cursante de fs. 537 a 539 vlta., interpuesto por el procesado Ignacio Simón Rivera Pérez, impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el Auto de Vista Nº 14 de 01 de marzo de 2010 cursante de fs. 527 a 530, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente con agravantes (arts. 308 bis y 310 num. 2 y 4 del Código Penal); los antecedentes de la causa; y,
CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia de Valle Grande del Distrito Judicial de Santa Cruz pronunció la resolución de grado contenida en la sentencia Nº 6 de 28 de noviembre de 2009 cursante de fs. 454 a 457, declarando al procesado Ignacio Simón Rivera Pérez autor y culpable de la comisión del delito de violación de niño, niña o adolescente con agravantes (arts. 308 bis y 310 num. 2 y 4 del Código Penal), siéndole impuesta la pena privativa de libertad de veintidós (22) años y seis (6) meses de presidio sin derecho a indulto en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz (Cárcel de Palmasola), más el pago de costas a favor del Estado y reparación del daño civil a favor de la víctima
- CONSIDERANDO I: Que, el Tribunal de Sentencia de Valle Grande del Distrito Judicial de Santa
- Que, la sentencia condenatoria pronunciada por el tribunal de la causa fue objeto de impugnación
- CONSIDERANDO III: Que, para los efectos de la presente resolución, corresponde tener presente que desde
- Que, en el contexto antes señalado, el sistema procesal penal vigente en el país ha
- CONSIDERANDO IV: Que, ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad de los recursos
- Que, por otro lado, de la revisión del recurso de casación se establece que la
- En consecuencia, este tribunal determina que el recurso de casación presentado no cumplió con las
- POR TANTO: La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en cumplimiento del art
- Libro Tomas de Razón 428/2013
