Auto Supremo AS/0446/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0446/2013

Fecha: 04-Sep-2013

Bajo el contexto señalado precedentemente, en la especie, Eduardo Adalid Ugarteche por una parte y

Bajo el contexto señalado precedentemente, en la especie, Eduardo Adalid Ugarteche por una parte y Mary Virhuez Flores por la otra, manifiestan haber llegado a una conciliación satisfactoria, por lo que desisten de forma simultánea a la acción y el derecho que pudiere corresponder dentro del proceso, entendiéndose que lo hacen dentro de los alcances del artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, por lo que corresponde al Tribunal Supremo aceptarlo sin más trámite