Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confieren los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 73 de obrados, interpuesto por la representación legal de la empresa demandada. Con costas.
Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs.500.00.- (Quinientos 00 /100 Bolivianos), que mandará hacer pagar el Tribunal de Alzada
- En apelación deducida por la representación legal de la empresa demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación que se analiza, interpuesto por la representación legal
- En ese sentido la demanda habría sido presentada dentro del plazo de aprobación u homologación
- Así concluyó solicitando a este Tribunal Supremo de Justicia, “CASE el Auto de Vista ANULANDO
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- No obstante lo señalado, siendo que el punto reclamado está referido a una cuestión de
- En ese sentido, se observa que el único punto recurrido en apelación estuvo referido a
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
