Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.-
Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
- AUTO SUPREMO
- Fecha
- Expediente
- Distrito
- Juan Ottos Espinoza, Luis Vivanco Ramos y Silvestre Puerta Velásquez
- Delito
- Recurso
- VISTOS: (Del Recurso en cuestión)
- CONSIDERANDO I: (Circunstancias Procesales)
- Con base a la Acusación Fiscal de fs
- Luis Vivanco Ramos, culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto
- Wilson Juárez Rojas, culpable de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas previsto
- Que, ante la indicada Sentencia, Juan Ottos Espinoza, solicita complementación y enmienda a fs
- Posteriormente Juan Ottos Espinoza, plantea Recurso de Apelación Restringida cursante de fojas 45 a 47
- Notificadas que fueron las partes con el referido Auto de Vista, Juan Ottos Espinoza, y
- CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento del Recurso de Casación)
- Que, del estudio de los Recursos de Casación, se establece como motivos de los mismos
- Petitorio
- Recurso de Casación de Fidel Ribera Justiniano, Fiscal de Materia de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO III: (La Procedibilidad ante un Recurso de Casación)
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- CONSIDERANDO IV: (Cumplimiento de los requisitos formales)
- Plazo
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- Ahora bien, los recurrentes en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplieron con los
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaria de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
