Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Reynaldo Sejas Ledezma mediante
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Reynaldo Sejas Ledezma mediante memorial presentado el 16 de diciembre de 2009 (fs. 198 a 199) interpuso Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Reynaldo Sejas Ledezma de fs
- Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Reynaldo Sejas Ledezma mediante
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo, los
- II
- III
- V
- VI
- Del Precedente Contradictorio Invocado al momento de interponer su Recurso de Apelación Restringida
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- De lo previsto en el parágrafo segundo del art
- El recurso de casación, además de su función propia nomofiláctica y unificadora de doctrina, cumple
- Si su pretensión fue asimilar su petitorio a defectos absolutos y/o aspectos a ameritan la
- POR TANTO
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramirez.
