Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0513/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0513/2014

    Fecha: 13-Oct-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, ante la Sentencia de fs
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • Luego se refiere al art
    • A continuación da a conocer los precedentes contradictorios contenidos en los Autos Supremos Nos
    • 2
    • Señala como precedentes contradictorios el Auto Supremo Nº 274 de 26 de abril del 2004
    • En mérito de lo que expone y fundamenta, pide se le conceda el Recurso de
    • De la Invocación del Precedente Contradictorio
    • Auto Supremo N° 329 de 29 de agosto de 2006
    • Auto Supremo N° 315 de 25 de agosto de 2006
    • Auto Supremo N° 431 de 11 de octubre de 2006
    • Auto Supremo N° 724 de 26 de noviembre de 2004
    • Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
    • Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • De la forma
    • En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
    • El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
    • Plazo: La fecha, que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el
    • Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
    • Ahora bien, el recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los
    • POR TANTO
    • Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca