Auto Supremo AS/0513/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0513/2014

Fecha: 13-Oct-2014

Luego se refiere al art

Luego se refiere al art. 13 del Código Penal en el sentido de que no se puede imponer una pena al agente si su actuar no le es reprochable penalmente, la culpabilidad y no el resultado es el límite de la pena. En tal sentido, reitera que ha existido errónea calificación de los hechos (tipicidad), acusados a su persona. Además que la prueba de la señora que lo contrató para conducir el vehículo, demuestra que ésta se encontraba fallecida con anterioridad, es decir, que fue suplantada