De la Invocación del Precedente Contradictorio
De la Invocación del Precedente Contradictorio.- Que, de conformidad a lo previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal, el momento procesal para la invocación de los mismos es a tiempo de presentar el Recurso de Apelación Restringida, realizada la revisión del mismo que cursa en autos de fs. 169 a 172 vta., se constata que no invocó precedentes contradictorios, sin embargo alego defectos absolutos, ya en su Recurso de Casación invocó el siguiente precedente:
Auto Supremo N° 231 de 4 de julio de 2006
Auto Supremo N° 231 de 4 de julio de 2006
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- Luego se refiere al art
- A continuación da a conocer los precedentes contradictorios contenidos en los Autos Supremos Nos
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- Señala como precedentes contradictorios el Auto Supremo Nº 274 de 26 de abril del 2004
- En mérito de lo que expone y fundamenta, pide se le conceda el Recurso de
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- Auto Supremo N° 329 de 29 de agosto de 2006
- Auto Supremo N° 315 de 25 de agosto de 2006
- Auto Supremo N° 431 de 11 de octubre de 2006
- Auto Supremo N° 724 de 26 de noviembre de 2004
- Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
- Plazo: La fecha, que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el
- Invocación del precedente contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los precedentes y el Auto
- Ahora bien, el recurrente en el planteamiento de su Recurso de Casación cumplió con los
- POR TANTO
- Asimismo, por Secretaría de la Sala Penal Liquidadora, hágase conocer el presente Auto Supremo a
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
