Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
El precepto legal contenido en el citado art. 417 de la Ley Adjetiva Penal, concluye señalando que el incumplimiento de dichos requisitos determinará la declaración de inadmisibilidad del recurso, en ese sentido, la Sentencia Constitucional 0332/2011-R, de 1 de abril de 2011 establece que:”… para la admisibilidad del recurso de casación, indefectiblemente deben concurrir los presupuestos contenidos en los citados arts. 416 y 417 del CPP, requisitos que, además del término de cinco días establecido por ley para interponerlo, exigen señalar la contradicción en términos claros y precisos, lo que implica explicar en forma fundamentada la situación de hecho similar y establecer el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes; finalmente, se exige haber invocado el precedente contradictorio a tiempo de formular el recurso de apelación restringida o en su caso a tiempo de presentar el recurso de casación acompañando copia del mismo (sic).”
Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite abrir excepcionalmente la competencia de este Tribunal, es aquel en el que se denuncie la existencia de graves y evidentes infracciones a los derechos de las partes y que constituyan defectos absolutos, no susceptibles de convalidación; posibilidad que se justifica teniendo presente: 1) Que, el fin último del derecho es la justicia; 2) La tarea encomendada por ley al Tribunal Supremo referida precedentemente; 3) La necesidad de precautelar se observen las normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio que prevén no se cometan actos procesales defectuosos, teniendo en cuenta que conforme la disposición contenida en el art. 115. II de la CPE, el Estado garantiza entre otros, los derechos al debido proceso y a la defensa; y, 4) Las disposiciones relativas a la nulidad de actos procesales previstas por el art. 17 de la LOJ
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Refiere que si bien el Tribunal de alzada no tiene facultad de efectuar una
- El art
- existencia o no de contradicción entre el fallo impugnado con los precedentes invocados
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y Cúmplase
- Firmado
