De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
b)Contra la mencionada Sentencia los imputados Adelio Aguilar Usnayo (fs. 1383 a 1394 vta.) y Julia Flores Vda. De Limachi (fs. 1410 a 1422), interpusieron recursos de apelación restringida resueltos por Auto de Vista 105/2013 de 28 de noviembre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que admitió ambos recursos y los declaró improcedentes.
c)El 30 de abril de 2014 (fs. 1496), fue notificado el recurrente con el referido Auto de Vista (fs. 1489) y el 5 de mayo del mismo año, interpuso recurso de casación.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1)El recurrente denuncia la falta de valoración objetiva de las pruebas e incorrecta aplicación de la ley, por cuanto se le sindicó la comisión de un delito distinto al que fue juzgado como es el de narcotráfico que nada tenía que ver con el proceso, vulnerando garantías constitucionales como el debido proceso y seguridad jurídica. Sin embargo, el Tribunal de alzada asumió que simplemente se trató de un error de forma y que debió merecer una solicitud en el ámbito del art. 125 del Código de Procedimiento Penal (CPP), cuando el error no tuvo esas connotaciones, en cuyo mérito correspondía que el Tribunal de alzada repare las incongruencias en las que incurrió el Tribunal de Sentencia, sobre todo en cuanto a las normas aplicadas
- Por memorial presentado el 5 de mayo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)Refiere que si bien el Tribunal de alzada no tiene facultad de efectuar una
- El art
- existencia o no de contradicción entre el fallo impugnado con los precedentes invocados
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y Cúmplase
- Firmado
