Contra esa Resolución de alzada JOCKEY CLUB DE LA PAZ S
En mérito a ello JOCKEY CLUB DE LA PAZ S.A formuló recurso de compulsa la misma que fue resuelta por Auto No C230/2013 , declarando legal la misma, disponiendo que la Juez A quo conceda el recurso de apelación en el efecto devolutivo, el mismo que es concedido mediante Auto 22 de julio de 2013, en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Segunda del tribunal Departamental de la Paz, pronunció el Auto de Vista I-210/14 de fecha 5 de agosto de 2014, por el que anula el decreto de fecha 9 de mayo de 2013 y dispone que el Juez inferior regularizando procedimiento tramite el incidente opuesto
Contra esa Resolución de alzada JOCKEY CLUB DE LA PAZ S.A. solicita explicación, complementación y enmienda, pronunciando la Sala Civil Segunda del tribunal departamental de Justicia de Paz, auto de 19 de agosto de 2014, por el que determina no haber lugar a la complementación
Contra esa Resolución de alzada JOCKEY CLUB DE LA PAZ S.A. solicita explicación, complementación y enmienda, pronunciando la Sala Civil Segunda del tribunal departamental de Justicia de Paz, auto de 19 de agosto de 2014, por el que determina no haber lugar a la complementación
- Tribunal Departamental de
- Expediente: LP-123-14-COM
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas se llega a
- Contra esa Resolución de alzada JOCKEY CLUB DE LA PAZ S
- JOCKEY CLUB DE LA PAZ interpuso recurso de casación en la forma y en
- Conforme con la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el recurso
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Resolución de Alzada recurrida en casación por la parte demandante, cuya concesión fue negada por
- Establecidos los antecedentes que dan mérito al presente recurso de compulsa corresponde establecer que el
- Consiguientemente la negativa dispuesta por el Tribunal de Alzada resulta correcta y se acomoda a
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- Regístrese, comuníquese y notifíquese.-
