Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
Notificadas que fueron las partes con el Auto de Vista, Santos Cordel Fernández, mediante memorial presentado el 31 de agosto de 2010 (fs. 256 a 258), interpuso Recurso de Casación contra el Auto de Vista precitado de acuerdo a los siguientes argumentos.
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los siguientes:
I.- Se dio credibilidad a un testigo que se trata del investigador asignado al caso, por lo que el Tribunal no dio una correcta valoración de la prueba ofrecida por lo que se constituyó un defecto de la Sentencia previsto en el art. 370 num. 6) del Código de Procedimiento Penal
II.- Se debió demostrar y evidenciar lo manifestado en la Acusación y no se acreditado de forma fehaciente los elementos normativos del dolo, la Sentencia se basó en una simple presunción e indicio de la conducta sin fundamento y respaldo probatorio por lo que se ha infringido lo establecido por el art. 370 num. 1) del Código de Procedimiento Penal
CONSIDERANDO II: (Fundamentos sobre el planteamiento de casación)
Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los siguientes:
I.- Se dio credibilidad a un testigo que se trata del investigador asignado al caso, por lo que el Tribunal no dio una correcta valoración de la prueba ofrecida por lo que se constituyó un defecto de la Sentencia previsto en el art. 370 num. 6) del Código de Procedimiento Penal
II.- Se debió demostrar y evidenciar lo manifestado en la Acusación y no se acreditado de forma fehaciente los elementos normativos del dolo, la Sentencia se basó en una simple presunción e indicio de la conducta sin fundamento y respaldo probatorio por lo que se ha infringido lo establecido por el art. 370 num. 1) del Código de Procedimiento Penal
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fuera interpuesto en Autos,
- Que, ante esta Sentencia, Santos Cordel Fernández de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establecen como motivos del mismo, los
- III
- De la solicitud
- No invocó precedente contradictorio alguno
- Se define a la Casación, como un instrumento político-jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinarán la ineficacia del planteamiento, pues si bien,
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- A) De la invocación en el Recurso de Apelación Restringida
- B) De la contradicción del Precedente Contradictorio y el Auto de Vista recurrido
- De lo observado en el recurso no se invocó ni un solo precedente contradictorio, el
- Por tanto el recurso planteado no cumple con las exigencias establecidas por el legislador, toda
- Si su pretensión fue asimilar su petitorio a defectos absolutos y/o aspectos a ameritan la
- Finalmente, de la verificación de antecedentes que hacen al legajo procesal se concluye la falta
- POR TANTO
- Magistrada Relatora: Dra. María Lourdes Bustamante Ramírez.
