Que su vínculo matrimonial fue declarado disuelto por sentencia de divorcio pronunciada el 22 de
Que su vínculo matrimonial fue declarado disuelto por sentencia de divorcio pronunciada el 22 de agosto de 2008, por el Tribunal de la ciudad de Alexandria del Estado de Virginia, Estados Unidos de Norteamérica, en el proceso de divorcio seguido a instancia de Patricia Emilia Peredo de Núñez contra Gonzalo Augusto Núñez Baya, ahora demandante, porque han vivido separados por el periodo que excede un año sin cohabitación o interrupción
- AUTO SUPREMO:
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de fs
- CONSIDERANDO: Que mediante memorial de fs
- Que admitida la solicitud por providencia de fs
- Que transcurrido el plazo establecido por ley para que conteste la demanda, Patricia Emilia Peredo
- Por disposición del art
- De la revisión de la sentencia, cuya traducción se encuentra de fs
- Que su vínculo matrimonial fue declarado disuelto por sentencia de divorcio pronunciada el 22 de
- Que las reglas existentes para la ejecución de sentencias dictadas en el extranjero son las
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Consecuentemente, en aplicación a la norma contenida en el art
- A ese efecto, por Secretaría de Sala Plena líbrese la respectiva provisión ejecutoria
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
