Auto Supremo AS/0613/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0613/2014

Fecha: 04-Nov-2014

Con relación a los demás requisitos, extractados los argumentos del recurso de casación, en los


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso analizado, los antecedentes permiten concluir que el recurso de casación fue presentado en vigencia del plazo de cinco días hábiles ante la Sala que emitió la Resolución impugnada; en razón a que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista el 29 de julio de 2014, interponiendo su recurso el 4 de agosto del mismo año; de esta forma, cumplió con la exigencia de plazo señalada en el art. 417 del CPP.

Con relación a los demás requisitos, extractados los argumentos del recurso de casación, en los cuales el recurrente alega que el Tribunal de apelación vulneró el principio de legalidad por considerar que el tribunal de juicio no actuó conforme a derecho, estándole vetado revisar cuestiones de hecho que son verificadas en juicio oral y público, revalorizando los elementos de prueba introducidas a juicio, sin fundamentar cómo debió valorarse la declaración pericial y sin advertir las contradicciones en las cuales ingresaron la víctima y los peritos; se constata una total falta argumentativa y explicativa sobre las supuestas violaciones cometidas por el Tribunal de alzada, toda vez que el recurrente se limita a señalar que no es competencia de los de alzada revisar cuestiones de hecho, sin explicar cómo el Auto de Vista habría incurrido en tal revisión; respecto a la revalorización de la prueba, no existe una expresa y clara argumentación respecto a qué pruebas habrían sido revalorizadas por el Tribunal de apelación, luego contradictoriamente señala que no tomó en cuenta las contradicciones de la víctima y de los peritos, argumento que denota que los vocales debieron considerar estas pruebas, contradicción que se reitera cuando señala que el Tribunal de alzada realizó una correcta valoración