Auto Supremo AS/0635/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0635/2014

Fecha: 06-Nov-2014

En el fondo

En el fondo:
El recurrente manifiesta que el Auto de Vista como tenemos manifestado pretende hacer una fundamentación sobre las excepciones y sin fundamento declaran improbada la demanda, y para llegar a esa decisión las autoridades no se tomaron la molestia de revisar el fondo del proceso traducido en las condiciones prescritas del contrato, mismas que son ignoradas, por lo resulta inverosímil declarar improbada la demanda sin fundamentar respecto al contrato que representa el fondo de la demanda; pretendiendo otorgar derecho a una institución que ya no se encuentra en funcionamiento en los predios motivos de la litis ya que hicieron abandono no sin antes efectuar destrozos, pues lo que se cuestiona es la admisión a la demanda por personería, y no se manifiesta sobre el fondo de la ella