Auto Supremo AS/0639/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0639/2014

Fecha: 13-Nov-2014

Del argumento expuesto en el recurso de casación, se establece lo siguiente


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del argumento expuesto en el recurso de casación, se establece lo siguiente:
1)El recurrente sostiene que la Sala Penal Segunda, no advirtió que las Sentencias constitucionales establecen que en alzada no se puede revalorizar pruebas al ser atribución de los tribunales de sentencia, por cuanto en el Auto de Vista impugnado, considerando III.1 y III.3, fue más allá de las normas previstas, por cuanto volvió a valorar la prueba, contraviniendo los principios de “inmediatez” y concentración que rigen el juicio oral, al considerar que existiría la descripción y valoración clara de los elementos de prueba, citando al efecto los Autos Supremos 317 de 13 de junio de 2003, 722 de 26 de noviembre de 2004, 635 de 20 de octubre de 2004, 041/2012 de 30 de marzo de 2012 y 152/2013 de 14 de mayo.

2)El Auto de Vista no fundamentó ni motivó jurídicamente cada uno de los agravios impugnados en apelación, entre ellos que la Sentencia incurrió en el defecto de fundamentación insuficiente y contradictoria, previsto en el art. 370 inc. 5), en inobservancia del art. 124 y 359, todos del Código de Procedimiento Penal (CPP), lo que constituye defecto de sentencia insubsanable, contraviniendo el Auto Supremo 724 de 26 de noviembre de 2004, 722 de 26 de noviembre de 2004, 635 de 20 de octubre de 2004 y 562 de 1 de octubre de 2004