Saúl Guzmán Quiroga
También se constata que el recurrente no invoca precedente contradictorio alguno respecto a los agravios denunciados, en cuyo mérito tampoco señala una posible contradicción entre el Auto de Vista recurrido y algún precedente, omisión que no puede ser suplida por este Tribunal; sin embargo, no puede soslayarse que el recurrente funda su pretensión en la posible existencia de defectos absolutos, citando al efecto el auto Supremo 101 de 1 de abril de 2005, advirtiéndose que el recurrente denuncia la vulneración de derechos fundamentales protegidos por el art. 115 de la CPE, señalando que se vulneró su derecho a la defensa, porque en su planteamiento se omitió valorar la prueba signada como F-12, que fue condenado por un delito que no existió y que existe animadversión con una de la vocales que emitió el Auto de Vista, enfatizando que la nueva Sentencia incumple lo establecido en el art. 370 inc. 1) 6) y 10) del CPP y que la condena a siete meses de prestación de trabajo, le ocasionaría un grave perjuicio porque estaría obligado a abandonar su trabajo situación que también afectaría a su familia; observándose en consecuencia que el recurrente cumple con los presupuestos de flexibilización, por lo que corresponde abrir excepcionalmente la competencia de este Tribunal para ingresar al fondo de las problemáticas planteadas.
V.2 En relación al recurso de casación de Janette Maldonado Murguía y
Saúl Guzmán Quiroga
- Por memoriales presentados el 9 y 14 de octubre de 2014 cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b)Contra la mencionada Sentencia, formularon recursos de apelación restringida: la imputada Jannette Maldonado Murguía (fs
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2)De otro lado, acusa que la Sentencia que dictó el superior jerárquico no se subsume
- II.2. Recurso de Casación de Janette Maldonado Murguía y Saúl Guzmán Quiroga
- SUSTANTIVA”, denuncian que tanto la Sentencia como el Auto de Vista recurrido se detienen en
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- debida fundamentación; por el contrario, en este tipo de situaciones, la parte recurrente deberá formular
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Inicialmente, cabe hacer notar que en el caso de autos, ambos recursos de casación fueron
- V.1 En relación al recurso de casación de Hugo Nicolay Mamani
- Se evidencia de su recurso, que en el primer motivo, el recurrente denuncia la violación
- Saúl Guzmán Quiroga
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
