Auto Supremo AS/0656/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2014

Fecha: 19-Nov-2014

Saúl Guzmán Quiroga


También se constata que el recurrente no invoca precedente contradictorio alguno respecto a los agravios denunciados, en cuyo mérito tampoco señala una posible contradicción entre el Auto de Vista recurrido y algún precedente, omisión que no puede ser suplida por este Tribunal; sin embargo, no puede soslayarse que el recurrente funda su pretensión en la posible existencia de defectos absolutos, citando al efecto el auto Supremo 101 de 1 de abril de 2005, advirtiéndose que el recurrente denuncia la vulneración de derechos fundamentales protegidos por el art. 115 de la CPE, señalando que se vulneró su derecho a la defensa, porque en su planteamiento se omitió valorar la prueba signada como F-12, que fue condenado por un delito que no existió y que existe animadversión con una de la vocales que emitió el Auto de Vista, enfatizando que la nueva Sentencia incumple lo establecido en el art. 370 inc. 1) 6) y 10) del CPP y que la condena a siete meses de prestación de trabajo, le ocasionaría un grave perjuicio porque estaría obligado a abandonar su trabajo situación que también afectaría a su familia; observándose en consecuencia que el recurrente cumple con los presupuestos de flexibilización, por lo que corresponde abrir excepcionalmente la competencia de este Tribunal para ingresar al fondo de las problemáticas planteadas.

V.2 En relación al recurso de casación de Janette Maldonado Murguía y
Saúl Guzmán Quiroga