En el caso concreto no es muy adecuado que la niña, bajo los antecedentes expresados
En el caso concreto no es muy adecuado que la niña, bajo los antecedentes expresados en el proceso de Divorcio, pueda de manera abrupta permanecer al lado del padre por dos días seguidos, sino más bien debe ser paulatino ese acercamiento para no causar mayor trauma y en lugar de consolidar ese afecto paterno-filial se consiga desarticular el mismo en perjuicio del desarrollo de la niña, consecuentemente al ser el único reclamo en casación por parte de la madre, de que ese inter-relacionamiento sea gradual, corresponde dar curso al mismo, sin embargo bajo el condicionamiento que al final se adopta en el presente fallo
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia interpuso recurso de apelación Freddy Jancko Machaca por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Como petitorio se dice que deba dictarse que los días y horas de visita sean
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En el caso concreto no es muy adecuado que la niña, bajo los antecedentes expresados
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
