Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0681/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0681/2014

    Fecha: 10-Nov-2014

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
    • Que, ante la Sentencia de fs
    • Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
    • 2
    • 3
    • Señala como precedentes contradictorios los Auto Supremos Nº 331 de 22 de julio de 2003;
    • Petitorio
    • Por lo que fundamenta, pide se conceda el Recurso ante la Excma
    • De la Invocación del Precedente Contradictorio
    • Auto Supremo N° 516 de 13 de octubre de 2003
    • S.C. Nº 824/04 de 17 de mayo de 2004
    • S.C. Nº 593/2004 de 22 abril de 2004
    • S.C. Nº 1216/2004 de 30 de julio de 2004
    • S.C. Nº 1714/2004
    • Y en el Recurso de Casación invoca los siguientes precedentes
    • Auto Supremo N° 369 de 22 de junio de 2004
    • Auto Supremo N° 287 de 13 de mayo de 2004
    • Auto Supremo N° 320 de 14 de junio de 2003
    • Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
    • Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
    • De ahí según prevé el art
    • La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
    • De la forma
    • En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
    • El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
    • Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
    • Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los Precedentes y el Auto
    • Que, de acuerdo al art
    • POR TANTO
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca