Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
CONSIDERANDO IV: (Cumplimiento de los requisitos formales)
Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el Recurso de Casación, corre desde el día siguiente a la notificación con el Auto de Vista recurrido o con el Auto de Vista que resuelve la solicitud de explicación, complementación y enmienda, contando sólo días hábiles, en este caso verificadas las diligencias de notificación cursantes de fs. 173, se notificó con el Auto de Vista al recurrente en fecha 25 de enero de 2011, y la fecha de presentación del Recurso de Casación es de 3 de febrero de 2011 conforme consta por el timbre electrónico de fs. 178 corroborado por el cargo de recepción de fs. 180, hechas las verificaciones de tiempo se constata que el Recurso de Casación fue presentado fuera del plazo establecido por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal
Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para formular el Recurso de Casación, corre desde el día siguiente a la notificación con el Auto de Vista recurrido o con el Auto de Vista que resuelve la solicitud de explicación, complementación y enmienda, contando sólo días hábiles, en este caso verificadas las diligencias de notificación cursantes de fs. 173, se notificó con el Auto de Vista al recurrente en fecha 25 de enero de 2011, y la fecha de presentación del Recurso de Casación es de 3 de febrero de 2011 conforme consta por el timbre electrónico de fs. 178 corroborado por el cargo de recepción de fs. 180, hechas las verificaciones de tiempo se constata que el Recurso de Casación fue presentado fuera del plazo establecido por el art. 417 del Código de Procedimiento Penal
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue interpuesto en Autos,
- Que, ante la Sentencia de fs
- Que, del estudio del Recurso de Casación, se establece como motivos del mismo los siguientes
- 2
- 3
- Señala como precedentes contradictorios los Auto Supremos Nº 331 de 22 de julio de 2003;
- Petitorio
- Por lo que fundamenta, pide se conceda el Recurso ante la Excma
- De la Invocación del Precedente Contradictorio
- Auto Supremo N° 516 de 13 de octubre de 2003
- S.C. Nº 824/04 de 17 de mayo de 2004
- S.C. Nº 593/2004 de 22 abril de 2004
- S.C. Nº 1216/2004 de 30 de julio de 2004
- S.C. Nº 1714/2004
- Y en el Recurso de Casación invoca los siguientes precedentes
- Auto Supremo N° 369 de 22 de junio de 2004
- Auto Supremo N° 287 de 13 de mayo de 2004
- Auto Supremo N° 320 de 14 de junio de 2003
- Que, el derecho a impugnar o recurrir de las resoluciones judiciales, deviene de un componente
- Se define a la Casación, como un instrumento Político-Jurídico que tiene una doble finalidad: por
- De ahí según prevé el art
- La procedencia del Recurso de Casación, está dada al cumplimiento de un conjunto de requisitos
- De la forma
- En el Recurso de Casación, se deberá señalar, la contradicción en términos precisos y como
- El incumplimiento a los presupuestos señalados supra, determinará la ineficacia del planteamiento, pues si bien
- Plazo: La fecha, desde la que corresponde computar el plazo de los 5 días para
- Invocación del Precedente Contradictorio y precisión sobre la contradicción entre los Precedentes y el Auto
- Que, de acuerdo al art
- POR TANTO
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Magistrada Relatora: Dra. Silvana Rojas Panoso
