Auto Supremo AS/0683/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0683/2014

Fecha: 24-Nov-2014

Por lo indicado, el recurso de casación en la forma deviene en infundado

En relación a la impersonería de los demandantes, que se extraña el mandato de Rita Villca Colque a favor de Gloria Felisa Villca Colque, quién actúa en favor de la codemandante, lo que conculca el art. 58 del Código de Procedimiento Civil, contemplándose en la sentencia a la mencionada cuando abandonó el proceso. Al particular, conforme demuestran los antecedentes, la demanda de fs. 63 a 65 fue presentada por Gloria Felisa Villca Colque de Campos, Jaime Villca Colque, Rita Villca Colque y Primitiva Villca Colque, luego, en el transcurso del proceso se evidencia que Jaime Villca Colque y Primitiva Villca Colque, entregan mandato a Gloria Felisa Villca Colque, conforme se expone a fs. 108; no obstante aquello, Rita Villca Colque actúo de forma personal en la causa en su calidad de codemandante, y no se tiene en obrados que la apoderada de los otros coactores haya actuado en su nombre, si bien se tiene que el impulso procesal en gran medida fue realizado por Gloria Felisa Villca Colque de Campos, lo que no importa que la indicada Rita Villca Colque haya desistido de su pretensión o se tenga un “abandono” al proceso como erradamente cree el recurrente; en esa connotación, no se evidencia la existencia de error en el proceso, más aun cuando no se tiene en obrados que esa vicisitud se haya reclamado oportunamente por el demandado.
Por lo indicado, el recurso de casación en la forma deviene en infundado