Auto Supremo AS/0686/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0686/2014

Fecha: 28-Nov-2014

1. El imputado Norberto Rojas Carrillo, alegó


SEGUNDO AUTO DE VISTA 19/2014 de 9 de mayo. Emitido por la Sala Penal Primera, con el voto de la Vocal Virginia Crespo, el voto disidente del Vocal Ricardo Chumacero y Ángel Arias Morales y el Voto dirimidor del Vocal Ramiro López Guzmán. Auto de Vista que declaró Admisible la apelación presentada e Improcedente el recurso, disponiendo se confirme la Sentencia Apelada.
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Los imputados a tiempo de presentar el segundo Recurso de Casación reiteraron los mismos argumentos expuestos en su primer Recurso de Casación con leves precisiones en relación al Segundo Auto de Vista emitido en la causa.

1. El imputado Norberto Rojas Carrillo, alegó:

a)Vulneración al principio de continuidad y errónea aplicación de la excepción de prescripción, refiere contradicción con el AS 37 de 27 de enero de 2007, AV 116/2009-SPS-LP de 9 de noviembre de 2009, sostiene que la Audiencia del Juicio fue suspendida 66 veces.

b)Defectos de la Sentencia en relación a la errónea aplicación de la ley sustantiva, refieren contradicción con el AS 87/2013, AS 99/2012-RA, AS 233/2006 de 4 de julio de 2006. El recurrente considera que la SC 1146/2003, al referirse a la errónea aplicación de la ley sustantiva se aplica en su caso a la indebida tipificación del delito de estelionato, cuando en realidad la acción incriminada no se adecua al tipo objetivo del delito por el cual fue sentenciado.

c)Falta de objetividad, al vulnerar el art. 346 párrafo segundo de la Ley 1970, señala el recurso en forma general como defecto absoluto que la Sentencia se fundamentaría en declaraciones de los imputados