Auto Supremo AS/0624/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0624/2014

Fecha: 05-Dic-2014

La nulidad es entendida como la sanción por la cual la ley priva de efectos


La nulidad es entendida como la sanción por la cual la ley priva de efectos a un acto jurídico, en materia procesal Eduardo Couture, señala: “Siendo el derecho procesal un conjunto de formas dadas de antemano por el orden jurídico mediante las cuales se hace el juicio, la nulidad consiste en el apartamiento de ese conjunto de formas necesarias establecidas por ley”, formalidades que hacen al debido proceso y garantía de respeto a derechos a fundamentales