La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene
La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene este carácter; y está dirigida a obtener el reconocimiento del citado derecho y la restitución de la cosa a su dueño. La acción real de reivindicación, es la que la ley le otorga al propietario de una cosa singular de la que no está en posesión, para que la ejerza contra la persona que está poseyéndola
- VISTOS: El Recurso de Casación en el Fondo y en la forma de fojas 173
- Que, en grado de apelación incoada por la demandada mediante escrito de fojas 139 a
- 14-15 subsanada a fojas 21-22. Sin costas por la revocatoria
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- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN: El demandante Andrés Ali
- I.- RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO
- derecho habientes, pero que los mismos podían hacer valer sus derechos en la vía que
- II.- RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA
- Denuncia que el auto de vista hubiese resuelto más de lo pedido en apelación de
- Concluye solicitando a este alto Tribunal de Justicia, CASE EL AUTO DE VISTA de fojas
- DE LOS FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN: Estando planteado recurso de casación tanto en el fondo
- RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA
- En tal razón, cuando se plantea el recurso de nulidad o casación en la forma,
- interpuesto no realiza una fundamentación adecuada sobre la infracción procesal que supuestamente incurrió la Resolución
- También de forma errónea acusa la inobservancia de cuestiones de hecho relativos a la posesión
- Merced a estos parámetros y evidenciándose que el recurso en cuestión no se acomoda a
- RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO
- Al respecto Néstor Jorge Musto, en su obra Derechos Reales, señala que: "la reivindicación es
- La acción reivindicatoria es una acción real, pues nace del derecho de propiedad que tiene
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- Por consiguiente el Ad quem tuvo conocimiento de la causa con nuevos elementos probatorios y
- Alzada en sentido acertado a los presupuestos antes desarrollados, considerando el
- Respecto a la denuncia de que los demás copropietarios no estuviesen en posesión del bien
- Por otro lado, es el propio recurrente quien manifiesta y reconoce en su recurso lo
- Por consiguiente, se establece que el Tribunal Ad quem, efectuó un análisis crítico e integral
- Por todo lo expuesto, y en virtud de no ser evidentes las infracciones acusadas, corresponde
- POR TANTO
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
